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Por | Publicada: 15/07/2026

Importante: continúa vigente el aporte solidario previsto en el CCT 130/75

Se recomienda a empleadores, estudios contables y trabajadores mantenerse informados sobre las novedades vinculadas a esta medida judicial y a la normativa vigente, hasta tanto exista una resolución definitiva sobre la cuestión.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) informó que la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo aclaró que, mientras se mantenga vigente la medida cautelar dictada por la Justicia Federal, continúan plenamente vigentes las disposiciones del Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75 relacionadas con el aporte solidario sindical.


La medida judicial suspendió de manera provisoria la aplicación de determinados artículos de la Ley N.º 27.802 de Modernización Laboral que afectaban al convenio de los empleados de comercio, preservando temporalmente la vigencia de sus cláusulas, entre ellas las referidas al aporte solidario. Asimismo, la Disposición N.º 839/2026 del Ministerio de Capital Humano aclaró que esta situación deberá respetarse durante todo el período de vigencia de la medida cautelar.


En consecuencia, y con el objetivo de evitar futuras diferencias, certificaciones de deuda o reclamos laborales, se recuerda a los empleadores que deben continuar efectuando las retenciones previstas en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75, correspondientes al 2 % destinado a la asociación sindical de primer grado adherida a FAECyS y al 0,5 % con destino a la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios.


Se recomienda a empleadores, estudios contables y trabajadores mantenerse informados sobre las novedades vinculadas a esta medida judicial y a la normativa vigente, hasta tanto exista una resolución definitiva sobre la cuestión.


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